Este viernes (10 de septiembre) el Confilegal ha publicado un artículo en el que recoge detalladamente la importancia de una sentencia que avanza en el ámbito de aplicación de la cláusula rebus sic stantibus. El autor analiza de forma pormenorizada los principales puntos de una sentencia que constituye un auténtico logro procesal en el avance e interpretación de la cláusula rebus y ofrece la opinión del letrado director del procedimiento y socio fundador del despacho – José María Ayala de la Torre – acerca de la solución favorable para la mercantil burgalesa que ha sido asesorada por el despacho.
La publicación explica acertadamente cómo el fallo judicial (del Juzgado de primera instancia número ocho de Burgos) apreció debidamente que la Covid-19 no puede ser invocada como causa de fuerza mayor que permita activar, por sí sola, la cláusula de resolución unilateral de un contrato de arrendamiento tal y como pretendía de contrario la parte demandada, Barceló Hoteles. De este modo, la noticia da cuenta de cómo el Juzgado acaba apreciando el incumplimiento contractual de la demandada al abandonar la explotación hotelera del edificio – propiedad de Almirante Bonifaz – en base a una incorrecta interpretación de la cláusula de resolución, incumplimiento que, por otro lado, ha supuesto la condena de Barceló a indemnizar a la mercantil burgalesa en más de un millón de euros.